Anuncio de medidas, por parte de la Comisión Europea, a fin de evitar el ingreso del virus roseta de la rosa en su territorio. La enfermedad está presente en Canadá, Estados Unidos e India. Por Ron van der Ploeg*
La Comisión Europea (Unión Europea) anunció la implementación del Reglamento de la UE 2022/1265, que establece medidas para prevenir la introducción y la propagación, dentro su territorio, del virus roseta de la rosa.
Actualmente, en el territorio de la Unión, no se tiene constancia de la presencia del virus roseta de la rosa ni de su vector Phyllocoptes fructiphilus.
Un análisis de riesgo de plagas, llevado a cabo por la Organización Europea y Mediterránea de Protección de las Plantas (2018), ha demostrado que los efectos nocivos del virus roseta de la rosa podrían suponer un importante problema fitosanitario para el territorio de la Unión; en particular, para la producción de todo tipo de rosas.
Debido a la grave situación fitosanitaria que plantea la plaga, se adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1739 de la Comisión, por la que se establecen los requisitos para la introducción, en la Unión, de plantas de Rosa spp. (excepto sus semillas). Dichas plantas son originarias de terceros países en los que se tiene constancia de la presencia de la plaga especificada (Canadá, India y Estados Unidos). Además, por la normativa citada se establecen los controles oficiales obligatorios en el momento de la introducción de las citadas plantas en la Unión.
Esa Decisión de Ejecución prevé la prohibición de la introducción de la plaga especificada en el territorio de la Unión, la presentación inmediata de información sobre la presencia sospechosa de la plaga especificada y de su vector especificado en la Unión, y normas para los estudios sobre su presencia en el territorio de dicha comunidad.
Se estima que, si no se aplicaran las medidas previstas en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1739, existiría un peligro inminente de entrada y propagación del virus roseta de la rosa en el territorio de la Unión.
Las autoridades competentes realizarán encuestas anuales para detectar la presencia de la plaga y el vector en las plantas hospedantes de su territorio. Dichos estudios incluirán muestreo y ensayo, y se basarán en principios científicos y técnicos.
Las plantas especificadas se introducirán en el territorio de la Unión solamente si cuentan con un certificado fitosanitario.
* Ron van der Ploeg, editor de la revista FloraCulture International.